Karen Murphy regenta el pub “Red, White & Blue” en Portsmouth, ciudad inglesa a las orillas del Canal de la Mancha. Karen ofrece a sus clientes los partidos de la Premier League inglesa que la cadena Sky TV emite bajo pay per view. Lo exótico del caso es que Karen Murphy usa una tarjeta descodificadora del canal Nova, sito en Grecia, que le permite pagar mucho menos. Hace seis años la Federación Inglesa de Fútbol la llevó a los tribunales por vulnerar su derecho de exclusividad en Gran Bretaña. Ahora el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dado la razón a Karen.

La base de la sentencia es muy sencilla. Según publicaba Eurosport, citando directamente un comunicado del Tribunal:

“Un sistema de licencias para la retransmisión de partidos de fútbol que concede a los organismos de radiodifusión una exclusividad territorial para cada Estado miembro y que prohíbe a los telespectadores ver estas emisiones con una tarjeta decodificadora en los otros países miembros es contrario al Derecho de la Unión”

Y añade que:

[la prohibición] no puede justificarse ni con el objetivo de proteger los derechos de propiedad intelectual, ni con el objetivo de incentivar la presencia de público en los estadios de fútbol”.

Resumiendo: la señal vía satélite de la televisión de pago del canal griego Nova llega mucho más allá de Grecia. Ni tan siquiera es necesario reorientar una antena parabólica sita en Gran Bretaña, pues un solo satélite puede retransmitir centenares de canales simultáneamente cubriendo toda Europa. Por la suscripción al canal griego, Murphy pagaba cada mes 118 libras (135 €), mientras que Sky TV, por el mismo servicio, cobraba 480 libras (549 €). Multiplicando por 12, tendremos que Karen ahorraba cada año unos 4.968 €.

Pero si este es un blog sobre edición digital ¿qué tiene que ver este caso con el sistema de derechos en la edición? Dependiendo del punto de vista puede tener mucho que ver.

Una sentencia como esta no puede transponerse directamente a la edición porque su funcionamiento es profundamente diferente en lo técnico y lo legal, y porque además en Europa existe la barrera de la lengua. En el caso del libro de papel, lo que se vende son objetos tangibles, no derechos intangibles para ver un canal u otro. Por lo tanto, en cuanto a los libros de papel, no hay caso.

En cuanto a los libros digitales la cosa es algo distinta. De momento los derechos de los libros digitales se gestionan calcando el modelo de papel. La industria editorial ha conseguido, de momento, instalar dos grandes puertas en el campo digital, puertas que vienen del papel:

a/ Ley de precio fijo del libro: vigente en muchos países europeos y que, más allá de las trampas que todas estas leyes incluyen, viene a decir que el PVP de un libro dentro de un Estado tiene que ser siempre el mismo.

b/ Exclusividad territorial: por la cual debo negociar los derechos de comercialización de un libro en inglés para Gran Bretaña y los del mismo libro en inglés para Irlanda como dos cosas distintas, aunque la traducción sea la misma para el mismo idioma. Puedo meterlos en un paquete y negociar los derechos para todos los países anglófonos, pero dicho paquete estará lleno de paquetitos, uno por cada país.

Demos un pequeño paso atrás: ¿por qué el precio de Nova es más barato si lo que ofrece es la señal que la propia Sky TV le vende para que lo comercialice en Grecia? Pues porque en este tipo de bienes intangibles, Sky TV vende la señal al resto de canales europeos a un precio relacionado con el poder adquisitivo de los consumidores de su lugar de destino. En un mundo analógico eso no es un problema, porque uno no puede acceder a la señal de televisión griega y la diferencia de precio puede cabrearle, pero poco más, eso si es que llega a enterarse. Pero en un mundo digital la diferencia de precio es un insulto a la inteligencia al darse cuenta que el precio que paga un ciudadano griego es más barato que el que paga un ciudadano británico, aunque para llegar al griego la señal tenga que pasar por más intermediarios –no menos- que para llegar al británico.

Un problema de percepciones

La noticia publicada en el diario El Mundo cita unas declaraciones de la comisaria europea de agenda digital, Neelie Kroes, quien dice:

“Aún hay barreras invisibles en la venta a distancia de bienes digitales. […] Si puedo ver los encuentros de mi equipo de fútbol local usando en Internet el servicio de ‘pay-per-view’ en un Estado miembro (de la UE), ¿por qué no en los 27?”. […] Esta situación no tiene mucho sentido para las personas de la calle. Para ser sincera, tampoco lo tiene para mí. Necesitamos arreglarlo”

Sentido para la gente de la calle. Al final estamos hablando de un problema de percepciones. Si a Fulano le vendes a un precio por ser de Cáceres y a Mengano a otro por ser Badajoz sin que intervengan más circunstancias que su relativo nivel de vida, uno de los dos se cabreará y ninguno de ellos te tomará en serio. Lo mismo pasa con el precio fijo del libro digital. Sin duda en España los libros digitales se venderán a un precio fijo, que no será el mismo que venderán en Venezuela, Nicaragua o Argentina, por el simple hecho que en dichos países el nivel de vida es inferior y en algunos de ellos la ley del precio fijo no existe.

¿Podré comprar desde España un libro digital editado en España, a la venta en una web de Argentina, a precio argentino? ¿O de Venezuela a precio venezolano? No juguemos con las situaciones de dichos países diciendo que están atrasados en no sé qué aspectos porque, además de ser un menosprecio inmerecido, es un caso que ya podemos encontrarnos si nos gusta leer en inglés y compramos en la web de Amazon en Estados Unidos. Si ni la moneda ni la lengua son un problema, ¿puede alguien explicarme por qué razón no podré irme de compras a las librerías latinoamericanas en busca de libros digitales más baratos?

Otra posibilidad es que el gremio se lance por senda ultramontana y las editoriales españolas vendan sus libros digitales a precios españoles en Latinoamérica. De hecho el comportamiento de las editoriales ibéricas para con el público suramericano ha sido el que los Estados Unidos han dado siempre a su patio trasero: el de un mercado cautivo, en el caso de la edición por la lengua común y por la potencia de la industria editorial española.

La digitalización es una oportunidad que la comunidad hispanohablante tiene para equilibrar una situación de desequilibro suscitada por la lejanía de la gran industria editorial española respecto a su potencial mayor mercado. La digitalización bien hecha y bien entendida puede terminar, de una vez por todas, con el trato de segunda que reciben los países latinoamericanos por el simple hecho de encontrarse a miles de quilómetros de las imprentas españolas y con situaciones como la sucedida hace poco en Argentina, cuando más de un millón de libros fueron bloqueados en la aduana. Época interesante, llena de oportunidades.

La noticia en The Guardian: http://www.guardian.co.uk/football/2011/feb/03/pub-landlady-premier-league-television-rights

Puede consultarse la sentencia, íntegra, en: http://cde.uv.es/documents/menujuris/item/7170-sentencia-del-tribunal-de-justicia-de-la-uni%C3%B3n-europea-asuntos-acumulados-c-403/08-y-c-429/08-football-association-premier-league-y-otros-/-qc-leisure-y-otros-karen-murphy-/-media-protection-services-ltd-de-4-de-octubre-de-2011.html

Posted by Bernat Ruiz Domènech

Editor